Conoce el nuevo marco legal acerca de la calidad del agua de consumo

El pasado mes de enero, entró en vigencia un nuevo marco legal respecto a los criterios técnico – sanitarios relacionados con la calidad del agua de consumo, se conoce como RD 3/2023, y hace referencia a toda la cadena de suministro del vital líquido. Hoy conocerás sus principales aspectos.

¿Cuál es el enfoque de esta nueva normativa?

Esta normativa establece una serie de criterios técnico – sanitarios respecto a la calidad del agua de consumo, con el principal objetivo de proteger la salud de la comunidad, así como el cerrajero se encarga de proteger la seguridad de tu hogar. Para ello han establecido criterios a aplicar en toda la cadena de suministro del agua, desde la etapa de captación, hasta el momento en el cual llega a tu grifo.

En este sentido, integra tres componentes esenciales, a saber.

  • Evaluación y gestión de riesgo de zonas de captación de aguas que serán destinadas al consumo humano.
  • Evaluación y gestión de riesgo de la zona de abastecimiento, desde el momento de la captación, hasta que llegue al usuario.
  • Evaluación y gestión de riesgo de las instalaciones interiores en edificios prioritarios, como hospitales y clínicas de al menos 200 camas, residencias geriátricas y residencias de al menos 200 camas, hoteles y otras instalaciones turísticas.

¿Qué es el Plan Sanitario del Agua (PSA)?

Este consiste en una metodología que ofrece un planteamiento integral de evaluación y gestión de los riesgos en todas las etapas relacionadas con el abastecimiento del vital líquido, que conforman la captación, potabilización, almacenamiento y la distribución.

Esto, por supuesto, incluye la formación de un equipo para la ejecución de dicho plan. Dicho equipo debe estar en la capacidad de identificar la amplia variedad de peligros microbiológicos, físicos y químicos, así como poder evaluar los posibles riesgos potenciales o realizar con eficiencia el seguimiento de la calidad del agua de consumo.

El PSA será llevado a cabo en zonas de abastecimiento y los edificios prioritarios. Las zonas de abastecimiento deben cumplir con un PSA actualizado, acorde a su tipo de zona, y el periodo destinado para este proceso, iniciará el próximo 1 de julio del 2023, hasta el 2 de enero del 2027.

Los edificios prioritarios, un caso especial

Respecto a los titulares de edificios prioritarios, deberán registrarse en el Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo (SINAC), hasta el 2 de julio del 2024, y luego documentar su PSA, antes del 2 de enero del 2025.

Aparte, tendrán que cumplir con algunas condiciones, como la contratación de personal profesional, que esté cualificado para mantener la instalación interior en excelentes condiciones, esto incluye la regulación de la estructura del depósito interior, evitar o corregir la corrosión, por dar algunos ejemplos.

Muchos han estado esperando la regularización del mantenimiento de las instalaciones interiores de agua. Ante la ausencia de una normativa, los edificios solo podían confiar en la responsabilidad y habilidad del instalador, pero muchos edificios convencionales presentan grandes deficiencias, así que la aprobación del decreto RD3/2023, se ha convertido en una de las noticias más anheladas por el colectivo.